El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1° Modificase el Artículo 6° de la Ordenanza Municipal de Presupuesto para el Ejercicio 2016 N° 082/2015, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 6°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la creación y pago de Bonificaciones Remunerativas no bonificables para todo el personal de Planta permanente y/o contratada y/o Jornalizado, y/o bonificaciones por áreas.
Ratificase todas las bonificaciones efectivamente pagadas durante el Ejercicio Financiero 2015 al Personal de Planta Permanente y/o Transitoria.-
ARTÍCULO 2° Comuníquese al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, y al Departamento Ejecutivo Municipal; y autorizase a realizar el Texto Ordenado de la Ordenanza Municipal que se hace referencia en el Artículo 1° del presente.-
ARTÍCULO 3° Regístrese, Publíquese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal y Archívese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los once días del mes de Abril de dos mil dieciséis.-
Héctor Emilio Colombini
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Martín Federico David
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Registrada Bajo el N° 2318/16.
Número de Ordenanza Rectificada por Decreto N° 003/2016 del Honorable Concejo Deliberante, en virtud de la Sanción de la Ordenanza N° 2317 de Correlatividad.-
Ex Ordenanza N° 001/2016