El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Modifícase la Escala Salarial autorizada según Artículo 7º de la ORDENANZA DE PRESUPUESTO Nº 098/2006, promulgada por Decreto Nº 333/2006, la que incluye un incremento del 16% sobre los salarios básicos de convenio, el que será aplicado de acuerdo al siguiente cronograma 8% a partir del 01/08/2007, 4% a partir del 01/10/07, 4% a partir del 01/12/07.-
Artículo 2º: Modifícase el valor del jornal establecido en el Artículo 4º de la mencionada Ordenanza, quedando establecido en $ 17.50 para una jornada de 6 Hs. de acuerdo a lo especificado en la correspondiente Escala Salarial.-
Articulo 3°: Apruébase la Escala Salarial que se adjuntan como Anexos I, II y III de la presente Ordenanza.-
Articulo 4°: Cúmplase, comuníquese, dése al registro de Decretos y archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Septiembre de dos mil siete.
Registrada Bajo el N° 072/07.