El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase la escrituración de las parcelas del Plan Familia Propietaria, a favor de los beneficiarios que se detallan a continuación:
Salgado, María Daniela D.N.I.: 20.886.313
Ramos, Luis Marcelo D.N.I.: 21.889.936
Circ. V, Sección N, Manzana 55, Parcela 3
González, Araceli Edith D.N.I.: 26.173.664
Circ. V, Sección N, Manzana 78, Parcela 3
Artículo 2º: El precio de cada lote se ha fijado en la suma de $ 900. y ha sido oportunamente cancelado.
Artículo 3º: Declárase de Interés Social en los términos del artículo 4º, inc. d, de la Ley 10.830, la escrituración de venta de los lotes a favor de los beneficiarios, procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
Articulo 4º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Septiembre de dos mil quince.
Daniel Ruben Portillo
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Leandro Ramón Staniscia
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