El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a la firma de un convenio con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires para el Relevamiento y Proyecto de 70 (Setenta) cuadras en diferentes Barrios de Exaltación de la Cruz.
Articulo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todos los actos administrativos y/o técnicos tendientes a la concreción de los establecido en la redacción del citado Convenio.
Articulo 3°: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los Seis días del mes de Julio de dos mil quince.
Daniel Ruben Portillo
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Leandro Ramón Staniscia
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