El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase a levantar la restricción dispuesta en el Artículo 7º, del boleto pro-forma de compra-venta, en la escritura traslativa de dominio del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Fracción XII, Parcela 42, según plano características 31-55-2011, a favor de Mónica Edith Castro, D.N.I.: 23.435.269 y de Carlos Alberto Montes, D.N.I.: 25.731.660.
Artículo 2º: El monto de la transacción del bien inmueble que se hace referencia en el Artículo 1º de la presente, que ascendía a la suma de pesos novecientos ($ 900.-), se encuentra cancelado en su totalidad.
Artículo 3º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble, que se hace referencia en el Artículo 1º de la presente.
Artículo 4º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º, Inc. D, de la Ley 10.830, la escrituración del inmueble motivo de la presente.
Artículo 5º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintidós días del mes de Junio de dos mil quince.
Daniel Ruben Portillo
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Leandro Ramón Staniscia
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