El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, una fracción de tierra con una superficie de 5.350,04 mts2. ubicada en la localidad de Los Cardales, designada catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 53b, Parcelas 1 a 16, según plano características 31-55-2011 de mensura y división, (se adjunta como anexo I de la presente).
Artículo 2º: La fracción de tierra será destinada a las construcciones de los Edificios de Educación Especial Nº 502, Jardín de Infantes Nº 911, la nueva sede de la Escuela Nº 11 “Hipólito Irigoyen” y/o la creación de la Escuela Nº 22.
Artículo 3º: Derógase la Ordenanza 042/14.
Artículo 4º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio, de los inmuebles indicados en artículo 1º de la presente.
Artículo 5º: De Forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Marzo de dos mil quince.
Daniel Ruben Portillo
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Leandro Ramón Staniscia
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