El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Transfiérase el dominio de las inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección F, Manzana 104, Parcelas 1 a 14, Manzana 105, Parcelas 1 a 16, Manzana 124, Parcelas 1 a 14, Manzana 125, Parcelas 1 a 16, Manzana 131 c, Parcelas 1 a 16, Manzana 135 c, Parcelas 1 a 18, según plano característica 31-14 al Banco Hipotecario S.A. en su carácter de fiduciario del fideicomiso “Pro. Cre. Ar”, de acuerdo a las cláusulas y condiciones estipuladas, en convenio de colaboración celebrado entre las partes, con fecha 2 de septiembre de 2014 y convalidado por Ordenanza 044/14, obrante en Expte. Administrativo 4036-31236/14.
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio de los inmueble a que se refiere el Artículo anterior.
Artículo 3º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Diciembre de dos mil catorce.
Daniel Ruben Portillo
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Leandro Ramón Staniscia
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