El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Ratifícase el Convenio de recíproca colaboración suscripto entre el GOBIERNO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, mediante el cual se integra al Municipio a la Red Provincial de Prevención al Delito y Reiterancia Delictiva.-
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberantede Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Agosto de dos mil siete.
Registrada Bajo el N° 062/2007.