El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1º: Incorporase al dominio privado de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el inmueble designado catastral-mente como: Circunscripción II, Parcela 390d, según plano características 31-16-95.
Articulo 2º: Cúmplase con la normativa vigente dispuesta por el Re-gistro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Bue-nos Aires, a los fines de proceder a la inscripción de los inmuebles indicados en el Articulo 1º de la presente, de acuerdo a la Ley Nº 8921/ Art. 56, inc. c
Articulo 3º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los un día del mes de Septiembre de dos mil catorce.
Daniel Ruben Portillo
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Leandro Ramón Staniscia
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