El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar un nuevo contrato de comodato a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, sobre los inmuebles pertenecientes al ex “Programa Andrés” de la localidad de Diego Gaynor para destinarlos al funcionamiento de la Escuela de nivel Secundario de Formación Agropecuaria CPT.
ARTICULO 2º: La autorización conferida comprenden los inmuebles oportunamente cedidos mediante contratos de fecha 16 de febrero de 2005 y 13 de noviembre de 2007 y los demarcados en el Expediente Administrativo Nº 1 4036-20972/07.
ARTICULO 3º: Contrato de Comodato mencionado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, será por un termino de 5 años con renovación automática por el mismo período siempre que sea con el mismo objetivo.
ARTICULO 4º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Mayo de dos mil catorce.
Daniel Ruben Portillo
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Leandro Ramón Staniscia
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