El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1º: Crease el Salón de los escudos, el cual estará ubicado en el sector del Recinto del Honorable Concejo Deliberante, 1er piso, sito en calle Rivadavia 411, esquina Belgrado, y autorizase al cerramiento del mismo , siguiendo el estilo arquitectónico que posee el actual recinto del Honorable Concejo Deliberante
Articulo 2º: Autorizase a utilizar el Salón de los Escudos para la realización de reuniones, visitas oficiales, conferencias, actos protocolares, con el pertinente aviso y acuerdo con el Secretario del Honorable Concejo Deliberante.
Articulo 3º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Marzo de dos mil catorce.
Daniel Ruben Portillo
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Leandro Ramón Staniscia
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