El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Donase a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires una fracción de tierra con una superficie de 4.198,33 mts2 designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección F, Manzana 65, Parcela 1 según el proyecto de mensura y división que se adjunta como anexo I de la presente.
Artículo 2°: La fracción de tierra sera destinada a la construcción de un Edificio Escolar Secundario, (EES 5), entre el Barrio San José y Esperanza de Capilla del Señor.
Artículo 3°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble indicado en el Articulo 1, una vez aprobado el plano de mensura y división, por las autoridades provinciales competentes en la materia.
Artículo 4°: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Diciembre de dos mil trece.
Mario Alfredo Croce
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Daniel Ruben Portillo
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