Boletin Oficial – Noviembre 2013

Boletin Oficial – Noviembre 2013

DE EXALTACION DE LA CRUZ

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional


Autoridades: 

Intendente Municipal:
Dr. Adrian Sanchez
Secretario de Coordinación General:
Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
Sr. Mario Alfredo Croce
Secretario del H.C.D.:
Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Designase el día 6 de Abril de 1888 como fecha fundacional de la localidad de Pavón.

Artículo 2º: Formen parte de la presente Ordenanza los fundamentos y anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII.

Artículo 3º: De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 15 días del mes de Octubre de dos mil trece.


Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 044/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Desaféctase del dominio público el Espacio Verde y Libre Publico, ubicado en el Barrio de viviendas de Los Cardales, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción II, Sección L, Manzana 53a, superficie 4.165,46mts2.- según plano características 31-55-11.

Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a compensar una superficie igual o mayor al área – desafectada (Espacio Verde y Libre Público), en el predio lindero al Barrio de Viviendas, designado catastralmente como: Circunscripción II,  Sección L, Manzana 44, Parcelas 1/20.

Artículo 3º: Dónase el predio a la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, para la construcción del nuevo edificio de la Escuela Nº 11,  “Hipólito Irigoyen” de Los Cardales.

Artículo 4º: De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 15 días del mes de Octubre de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 045/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifícase el artículo 1º, de la Ordenanza 109/12, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
                   Articulo 1º:
Aféctase a Espacio Verde y Libre Público, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección E, Quinta 123, Parcela 1, según plano características 31-41-76.-

Artículo 2º: De Forma.   

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 15 días del mes de Octubre de dos mil trece.     

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 046/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifícase el artículo 1º, de la Ordenanza 053/12, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
                  Articulo 1º:
Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Ex. de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección N, Quinta 40, Parcela 1 y aféctase a Espacio Verde y Libre Público, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección N, Quinta 28, según plano características 31-24-72.-

Artículo 2º:
De Forma.   

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 15 días del mes de Octubre de dos mil trece.  

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 047/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifícase el artículo 1º, de la Ordenanza 105/12, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
                  Articulo 1º:
Aféctase a Espacio Verde y Libre Público, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 67, según plano características 31-16-76.-

Artículo 2º: De Forma.   

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 15 días del mes de Octubre de dos mil trece. 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 048/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Otórguese un lugar reservado de estacionamiento en la puerta del local de pago de servicios ubicado en la calle Petruchelli N° 620 de la localidad de capilla del señor.

Artículo 2°:
Dicho espacio solo estará reservado en el horario de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas y solo para uso del camión de caudales no debiendo los propietarios del comercio usarlo con fines particulares.

Artículo 3°: Los gastos que demande señalar dicho espacio de estacionamiento reservado serán exclusivamente a cargo del solicitante debiendo el mismo pedir instrucciones de cómo hacerlo a la dirección de tránsito de este municipio.

Artículo 4°: Será la dirección de tránsito el área encargada de verificar que este espacio sea usado con el fin solicitado antes descripto, debiendo ésta notificar a este Honorable Cuerpo si se producen modificaciones en el uso del mismo.

Artículo 5°: El plazo de vigencia del presente beneficio será mientras este comercio ofrezca este servicio de pago a los vecinos caducando este permiso en el mismo momento que cesen dichas actividades comerciales.

Artículo 6°: El incumplimiento de cualquiera de las condiciones antes mencionadas será suficiente para la revocación de este beneficio sin la necesidad de mediación alguna.

Artículo 7°:
Comuníquese a la Dirección de Transito el contenido y los alcances de la presente normativa.

Artículo 8°: De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 15 días del mes de Octubre de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 049/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese Bien de Interés Histórico Municipal el edificio de la estación ferroviaria PAVON del Ferrocarril General Urquiza, que se encuentra ubicada en la Localidad de PAVON de este partido.
 
Artículo 2°:
De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 28 días del mes de Octubre de dos mil trece.  

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 050/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Créase la Comisión de Festejos de las Fiestas Patronales de la Localidad de PAVON.
 
Artículo 2°:
La Comisión Creada en el Artículo 1º quedará conformada de la siguiente forma:

5 Vecinos de la Localidad de Pavón.

Los mismos deberán cumplimentar con los siguientes requisitos:
a) Ser nativos de Pavón o tener una residencia mínima de 20 años.
B) Estar inscriptos en el registro de integrantes de la COMISIÓN DE FESTEJOS, habilitada al efecto en la Delegación Municipal, de donde se extraerán por sorteo publico anualmente y constara en actas, los representantes de los vecinos que integrarán la Comisión de Festejo.
Delegado Municipal.
Director de Cultura Municipal.
Director de Turismo Municipal.
Concejales por cada Bloque político en un 30% de la representación que posean en el Honorable Cuerpo, entendiendose las fracciones como 1.

Artículo 3°: La COMISION DE FESTEJOS DE PAVON deberá labrar actas de sus reuniones, en el libro de Actas habilitado el efecto, en donde quedara constancia de las decisiones tomadas, en caso que se requiera, ya sea por recibir donaciones o colaboraciones de diferente índole, se habilitara un Libro Contable.
Todos los Libros que lleve la COMISION DE FESTEJOS deberán estar rubricados por autoridad competente, y se deberá dejar constancia de esto en el primer Acta a labrarse de la primera Comisión que se forme, estos libros quedaran a cargo de la DIRECCION DE CULTURA MUNICIPAL.

Artículo 4°: Facultase al Departamento Ejecutivo a reglamentar todos aquellos aspectos conducentes a lograr los objetivos propuestos por la presente Ordenanza con la mayor celeridad y eficiencia.

Artículo 5°: De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 28 días del mes de Octubre de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 051/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Ratificase el Decreto Nº 320/ 2013 de fecha 02 de Agosto de 2013.
 
Artículo 2°:
Convalidase los cobros mediante cheques de pago diferido recibidos durante el ejercicio 2012 y 20013 aplicando a los mismos la tasa de interés a que hace referencia el artículo 1º del Decreto 320/2013, tasa cero “0”.

Artículo 3°:
De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 28 días del mes de Octubre de dos mil trece.   

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 052/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Aceptase la tasación recibida del fabricante para el ARCO C (para quirófano) en $ 71470 (pesos setenta y un mil cuatrocientos setenta con 0/100).
 
Artículo 2°:
Autorizase al Departamento Ejecutivo a entregar a cuenta de precio, el ARCO C modelo GBA-IR Serie 3RD4-9740 RO, a un valor no menor al 75% de la tasación recibida.

Artículo 3°:
De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 28 días del mes de Octubre de dos mil trece. 

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 053/13.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Otorgase Licencia anual por vacaciones al Señor Intendente Municipal del Partido de Exaltación de la Cruz, Dn. Adrián Daniel Sánchez, desde el 28 de Octubre de 2013 hasta el 30 de Noviembre de 2013, de acuerdo a lo establecido por el por el artículo 15 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias).

Articulo 2º:
Póngase en Funciones al Sr. Leonardo Ramón Staniscia (D.N.I. Nº 22.163.419 a partir del día 28 de Octubre de 2013, como Intendente Interino mientras dure la Licencia del Sr. Intendente Municipal Dn. Adrián Daniel Sánchez.

Artículo 3º:
Habilitase en reemplazo del Concejal Leonardo Ramón Staniscia la incorporación en el cargo de Concejal del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, al Sr. Eduardo Vicente Belfiglio (D.N.I. Nº 6.563.059) de acuerdo a lo establecido por el articulo 16, 19 segunda parte, 87 y 88 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por el mismo plazo y condiciones que el estipulado en el articulo anterior.

Artículo 4º: En el supuesto caso que Dn. Adrián Daniel Sánchez reasuma las funciones de Intendente Municipal de Exaltación de la Cruz, antes del plazo establecido en el Articulo primero, deberá comunicar oficialmente a este Cuerpo tal circunstancia.

Artículo 5º: Notifíquese a los Organismos Provinciales y Municipales competentes de la presente Ordenanza a los efectos que estimen corresponder.

Articulo 6º:
Derogase la Ordenanza 036/13.

Artículo 7º:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los 28 días del mes de Octubre de dos mil trece.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 054/13.

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