El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Ratificase el Convenio de “Marco” suscripto por la Municipalidad de Exaltación de la Cruz y la Secretaria de la Niñez y Adolescencia dependiente del Ministerio de Desarrollo social de la Pcia. de Buenos Aires.
ARTICULO 2°: Notifíquese lo dispuesto por la presente ordenanza al Area que corresponda.
ARTICULO 3°: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Noviembre de dos mil trece.
Mario Alfredo Croce
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Daniel Ruben Portillo
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