Ordenanza Nº 049/07 – Implementar ciclo 2008 en Jar. Mat. Sala de 3 años

Ordenanza Nº 049/07 – Implementar ciclo 2008 en Jar. Mat. Sala de 3 años

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Se autoriza al D.E. a implementar a partir del ciclo 2008, en los Jardines Maternales del Distrito, una sala de niños de tres (3) años.

Articulo 2°: Para dicha implementación el D.E. a través de la Dirección que corresponda, reorganizará los recursos humanos existentes o ampliará los mismos de ser necesario. De la misma manera procederá con los recursos edilicios.

Articulo 3°: La organización pedagógica se regirá por la normativa vigente de los actuales Jardines Maternales o lo que se cree para tal fin.-

Articulo 4°: La admisión y cupo para dicha sala se consensuará con los responsables del área, privilegiando a niños con escolaridad en el Jardín Maternal y madres que trabajan, sin olvidar el fin social de estos establecimientos.-

Articulo 5°: Autorízase al D.E. a reglamentar todos los aspectos no previstos en la presente ordenanza.-

Articulo 6°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciséis días del mes de Julio de dos mil siete.

Registrada Bajo el N° 049/2007.

 

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