El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación cuatro (4)mts. de superficie por su frente y ancho co-rrespondiente, de los inmuebles ubicados en calle Rauch de localidad de Los Cardales, Partido de Exalta-ción de la Cruz, designados catastralmente como: Cir-cunscripción II, Sección L, Manzana 7, Parcelas 3, 4, 5, 6, 7 y 8, Partidas Inmobiliarias 29423, 29424, 29425, 29426, 29427 y 29428, matrículas 18310, 18311, 18312, 18313, 18314 y 18315, a nombre de Gianfranco Lippi; Dante Javier Oliva/María Laura de los Santos; Serecar S.A. respectivamente y/o quienes resulten ser los legítimos propietarios.
Artículo 2º: La superficie descripta en el artículo 1º de la presente, se encuentra afectada por las obras de Gas Natural, Alumbrado Público, Energía Domiciliaria.
Artículo 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar, todas las tramitaciones que resulten necesa-rias a fin de cumplimentar la presente.
Artículo 5º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diez días del mes de Junio de dos mil trece.
Mario Alfredo Croce
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Daniel Ruben Portillo
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