El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires una Fracción de tierra con una superficie de 1.814,00 mts2. que es parte del inmueble designado catastralmente como: Circunscrip-ción II, Sección M, Manzana 51d, Parcela 2a, según plano características 31-25-12, se adjunta croquis de la afectación como Anexo I.
Artículo 2º: La Fracción de tierra será destinada a la construcción del edificio escolare primario de la Escuela Nº 21 (a Crearse) en la Localidad de Los Cardales.
Artículo 3º: Requiérase la Escribanía General del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble indi-cado en el artículo 1º, una vez confeccionado el plano de mensura y división.
Artículo 4º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Marzo de dos mil trece.
Mario Alfredo Croce
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Daniel Ruben Portillo
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