El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza 037/10, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Articulo 1º: Declárense de utilidad pública y sujeto a expropiación, los inmuebles ubicados en la Ciudad de Capilla del Señor, designados catastralmente como; Circunscripción I, Sección B, Chacra 3, Manzana 3f, Parcelas 10, 12 y 13, Partidas Inmobiliarias 11157, 11159 y 11160, dominios inscriptos en los folios Nº 190/55, 83/55 y 185/55, con una superficie de 300mts2., 295,50mts2. y 300mts2., respectivamente, cuya titularidad dominial se encuentra a nombre de José María Rodolfo Calvo.
Artículo 2º: De Forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve día del mes de Diciembre de dos mil doce.
Mario Alfredo Croce
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Daniel Ruben Portillo
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