El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una superficie de 795,00mts2. correspondiente al inmueble ubicado en Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, designado catastralmente como: Circunscripción II – Sección L – Manzana 45, Parcela 19, Partida Inmobiliaria 8202, inscripción de dominio Fº 37/1947, a nombre José Taboada.
Artículo 2º: La superficie descripta en el artículo 1º de la presente, será destinada a la construcción de viviendas de carácter social.
Artículo 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán atendidos con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar, todas las tramitaciones que resulten necesarias a fin de cumplimentar la presente.
Artículo 5º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once día del mes de Diciembre de dos mil doce.
Mario Alfredo Croce
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Daniel Ruben Portillo
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