El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Instrúyase al Departamento Ejecutivo, que junto al área de Salud y de Defensa Civil, cree un plan de trabajo e instrucción de la técnica de Recuperación Cardiopulmonar (RCP).
Artículo 2º: Capacitase a las personas de nuestra Comunidad que así lo deseen en la técnica básica de atención primaria de la Recuperación Cardiopulmonar.
Artículo 3º: El Poder Ejecutivo a través del área de Salud y con colaboración de Defensa Civil, definirá lugares, días y horario de dicha capacitación.
Artículo 4º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once día del mes de Diciembre de dos mil do-ce.
Mario Alfredo Croce
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Daniel Ruben Portillo
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