Ordenanza Nº 090/12 – Ref. a no autorizar la instalación de cabarets y whiskerías

Ordenanza Nº 090/12 – Ref. a no autorizar la instalación de cabarets y whiskerías

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º: PROHÍBESE en el Partido de EXALTACION DE LA CRUZ la instalación, regenteo, Sostenimiento, promoción, publicidad, administración y explotación, bajo cualquier forma de cabarets, whiskerías, dancing, bares nocturnos, night club y/o cualquier otro tipo de salones de expansión nocturna, sin importar la denominación de su rubro, que cuenten con la presencia autorizada o no, de alternadoras “coperas” y/o personas que comercien sexo  o se incite a ello, sea que el encuentro sexual se practique dentro o fuera del establecimiento.
 
Articulo 2º:
A partir de la promulgación de la presente Ordenanza, quedarán sin efecto todas aquellas habilitaciones que se hubiesen otorgado con anterioridad a la aprobación del siguiente proyecto

1º) También a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, bajo ninguna circunstancia, se concederán u otorgarán habilitaciones a los locales y/o rubros indicados en el artículo 1º.
     El Departamento Ejecutivo deberá adoptar las medidas que correspondan tendientes a la clausura de los mencionados locales.

Articulo 3º: DERÓGASE toda norma que se oponga a lo dispuesto por la presente Ordenanza.

Articulo 4º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar todos los hechos y actos administrativos que fueren menester a fin de dar cumplimiento a la Presente ordenanza.

Articulo 5º: SERÁN autoridad de aplicación y juzgamiento de la presente Ordenanza los órganos competentes de la Administración Municipal, conforme las normas que rigen su actividad, siendo de aplicación a los fines procesamiento y juzgamiento a la ley de trata de personas todas leyes nacionales y provinciales en vigencia.

Artículo 6º: Dé forma.   

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce día del mes de Noviembre de dos mil doce.

Mario Alfredo Croce
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 090/12.

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