El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Modifiquese el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal 091/09 la cual quedará redactada de la siguiente manera:
Articulo 1º: Declarase de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles ubicados en la ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, designados catastralmente como: Circunscripción V, Sección Rural, Parcelas 1298m, 1298n, 1298r, 1298u, 1298v, 1298w, Inscripción de Dominio 34341, Folio 684, Serie D/1912 y Folio 1380, Serie A/1890, según plano características 31-5-65, partidas para el Impuesto Inmobiliario 16226, 16227, 16228, 16231, 16232 y 16233 respectivamente.
Articulo 2°: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve día del mes de Octubre de dos mil doce.
Mario Alfredo Croce
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Daniel Ruben Portillo
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