El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Créase a la calle Moreno, entre las intersecciones de las calles San Martín y 25 de Mayo y Rivadavia entre 25 de Mayo y 9 de Julio de la localidad de Los Cardales, como PEATONAL TEMPORARIA, para los días sábados, domingos y feriados.
Artículo 2º: Determínese los meses encuadrados entre el 01 de Enero hasta el 28 de Febrero de cada año, para dar cumplimiento a está Ordenanza.
Artículo 3º: Determínase los días Sábados de 18 hs. a 03.00 hs, los días domingos de 18 hs. a 02.00 hs., y con respecto a los feriados de acuerdo al día del calendario para efectuar el corte de calle y el desvió del tránsito.
Artículo 4º: Solicítase apoyo a la Dirección de Transito Municipal a los fines de proporcionar una organización adecuada y sin disturbios tanto para los medios de transporte público como para vecinos.
Artículo 5º: Difundir con treinta días de anticipación a todas las Empresas de Transporte que lleguen a la zona y pasen por la calle mencionada a los fines de poder informar con tiempo a los pasajeros el circuito alternativo de los fines de semana y feriados en los horarios establecidos para la peatonal.
Artículo 6º: Articular con la Dirección de Cultura Municipal la presentación de artistas, a través del Registro Municipal de artistas locales, en la cuadra determinada para peatonal y poder brindar de está forma espectáculos públicos que aviven la imagen de nuestra ciudad.
Artículo 7º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones que crea conveniente, como así también cualquier otro aspecto no considerado en la presente.
Artículo 8º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil once.
Adrián Daniel Sánchez
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Daniel Ruben Portillo
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