El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Autorizase al uso de espacio público municipal para la realización de los Carnavales 2012 en la Ciudad de Capilla del Señor.
Articulo 2°: Determínese como espacio público para el desarrollo de los eventos, las calles Belgrano, Moreno, Mitre y Rivadavia (Plaza San Martín) de Capilla del Señor.
Articulo 3°: Crease la Comisión organizadora de los Carnavales 2012, la que estará integrada por un miembro de cada Bloque que componen el Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, un representante del Departamento Ejecutivo y un representante de cada una de las entidades locales de Carnaval.
Articulo 4°: Autorizase a la Comisión Organizadora a reglamentar todo aspecto no previsto en la presente.
Articulo 5°: De Forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil once.
Adrián Daniel Sánchez
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Daniel Ruben Portillo
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