El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Modifíquese el artículo 1° de la Ordenanza 83/2011, el cual quedaría redactado de la siguiente manera:
Articulo 1º: Adhierase a la ley 26216 Programa Nacional de entrega voluntaria de Armas de Fuego y a su Decreto Modificatorio 7/2007 de dicha ley, y a la ley Provincial 26644 de la Provincia de Bs. As.
Articulo 2°: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Noviembre de dos mil once.
Adrián Daniel Sánchez
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Daniel Ruben Portillo
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