Ordenanza Nº 039/84 – Camping Municipal Autorizando llamado a licitacion para Consecion

Ordenanza Nº 039/84 – Camping Municipal Autorizando llamado a licitacion para Consecion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al D.E. a proceder a un llamado a licitación, dentro de la normativa vigente, a los fines de contratación y adjudicación de la atención del Camping Municipal y explotación de la confitería y restaurante allí ubicados, por el término de cinco (5) años, de acuerdo a las consideraciones establecidas en el pliego para la licitación que oportunamente se confeccionará y que deberá ser aprobada por este H.C.D.

Artículo 2º: Hecho lo establecido en el Art. Anterior, última parte, comuníquese, publíquese el llamado a licitación por dos veces en el boletín oficial, periódicos El Pueblo y El Lugareño de esta ciudad, dése al Libro de Decretos y archívese.

Artículo 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintiséis días del mes de Septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro.-

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  039/84

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