Ordenanza Nº 033/87 – Direccion de Escuelas Donacion de terrenos

Ordenanza Nº 033/87 – Direccion de Escuelas Donacion de terrenos

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dónase a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires dos lotes de terreno en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz, designados catastralmente como Circunscripción II, Sección M, Manzana 51c, Parcelas 7 y 10, destinadas al Jardín de Infantes Nº 902 y el Anexo Los Cardales de la Escuela Diferenciada Nº 501, correspondiéndoles las medidas, superficies y linderos que surgen del plano aprobado bajo características 31-16-85, del cual una copia se adjunta a la presente como Anexo I.
 
Artículo 2º:
El Artículo 1º de la presente Ordenanza modifica el Artículo 1º de la Orde-nanza Nº 54/85.-
 
Artículo 3º:
Los gastos que demande la escritura traslativa de dominio quedarán a cargo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, designando notario de común acuerdo con la Dirección General de Escuelas.-

Artículo 4º: Comuníquese al D.E.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Noviembre de mil novecientos ochenta y siete.

Miguel Angel Jossef
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  033/87

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