Ordenanza Nº 056/11 – Ref. a Escrituración Social C V, S N, M 77 Alejandra Cepeda, Lucila Navarro y Alejandra Maza

Ordenanza Nº 056/11 – Ref. a Escrituración Social C V, S N, M 77 Alejandra Cepeda, Lucila Navarro y Alejandra Maza

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase la escrituración de la parcela 1 Circunscripción V, Sección N, Manzana 77, del Plan Familia Propietaria, a favor de María Alejandra Cepeda, D.N.I.: 23.850.119; Circunscripción V, Sección N, Manzana 77, Parcela 10, a Lucila del Carmen Navarro, D.N.I.: 12.912.526 y Circunscripción V, Sección N, Manzana 77, Parcela 13, a Patricia Alejandra Angeloni Maza, D.N.I. 18.584.499.

Artículo 2°: En la escritura deberá contar que “El beneficiario no po-drá transferir el lote por el término de 15 años contados a partir de la entrega del terreno, bajo condición resolutoria, comprometiéndose a destinarlo a vivienda única y de ocupación permanente. Su incumplimiento dará derecho a la  revocación del dominio”, suma de ($ 10.620.-) pesos diez mil seiscientos veinte, serán abonados según lo determinado por la Ordenanza 13/2011.

Artículo 3°:
Declárese de Interés Social en los términos del Articulo 4º, inc. d, de la Ley 10.830, la escrituración de venta de los lotes a favor de los beneficiarios, procediéndose a su escrituración por ante la escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 4°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Julio de dos mil once.  

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 056/2011.

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