El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Modificase el Artículo 3º de la Ordenanza 001/04 el que quedara redactado de la siguiente forma: Artículo 3º: Designase a la Escribanía General del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de realizar la escritura traslativa de dominio a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
Articulo 2°: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Julio de dos mil once.
Adrián Daniel Sánchez
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Daniel Ruben Portillo
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