Ordenanza Nº 045/11 – Ref. a modificar la Ordenanza 72-10

Ordenanza Nº 045/11 – Ref. a modificar la Ordenanza 72-10

El Honorable Concejo Deliberante de  Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Modificase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 072/10, el cual quedara redactado de la siguiente manera:

Artículo 2º: Podrán incorporarse en los beneficiarios de la presente Ordenanza las deudas que se registren hasta la última cuota vencida a la fecha de realizar dicho Plan.

Artículo 2°: Modificase el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 072/10, el cual quedara redactado de la siguiente manera:

Artículo 9º: La presente Ordenanza regirá por 18 meses desde la fecha de su promulgación. El Departamento Ejecutivo podrá suspender la aplicación de esta Ordenanza por vía reglamentaria. En caso de volver a ponerla en vigencia podrá incorporar las deudas por las fijadas en el Artículo 1º, registradas y/o determinadas hasta 30 días antes de la fecha fijada para el restablecimiento de los beneficiarios de la presente.


Artículo 3°:
De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Junio de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 045/2011.

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