Boletin Oficial – Junio 2011

Boletin Oficial – Junio 2011

BOLETIN

MUNICIPAL

DE EXALTACION DE LA CRUZ

 

Capilla del Señor
Primer Pueblo declarado de Interés
Histórico Nacional

 Autoridades:         

Intendente Municipal:
         Dr. Horacio A. Errazu
Secretario de Coordinación General:
         Sr. Luis Mariano Martín
Secretario de Hacienda:
         Cdor. Enrique Antonio Allegri
Secretario de Salud:
         Dr. Héctor Nanni
Presidente de H.C.D.:
         Sr. Adrian Sánchez
Secretario del H.C.D.:
         Sr. Daniel Rubén Portillo


El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Social la escrituración del bien in-mueble designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Q, Manzana 6, Parcela 27, Partida Inmobiliaria 24599, matrícula 11670 del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-25524/11, a nombre de Miguel Martín Chamorro Cemborain.

Artículo 2°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Artículo 3°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.       

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 017/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza 026/10, el cual quedará de la siguiente manera:

Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Cir-cunscripción IV, Sección H, Manzana 98, Parcela 5 y 6, Partida Inmobiliaria 15906 y 15907, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-24081/10, a nombre de Dario Carlos Hernando García y Basilia Evangelina Garay.

Artículo 2°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.

Artículo 3°: Derógase la Ordenanza 017/07.

Artículo 4°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 018/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza 037/04, el cual quedará de la siguiente manera:

Artículo 1º: Dónase el dominio de la calle colectora pública, cedida por plano características 31-26-54 agregado a fs. 4, expediente administrativo Nº 4036-16365/04 cuyo recorrido involucra a la parcela 826k, Circunscripción IV, Sección Rural, a la Señora Enriqueta Robles de Hermida.

Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 019/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Denomínese al predio localizado en el Barrio San José, ubicado en la calle El Salvador entre Nicaragua y la ruta 39, en el cual se desarrollan actividades de prácticas de Futbol “Luís Zamora” y a su cancha secundaria “Luís Arguello”

Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 020/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Colóquese el nombre de “DON AMBROSIO PONTI” a la calle que linda con la propiedad donde funciona el Restaurant ” Rancho Grande” en la localidad de Parada Robles.

Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.     

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 021/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Condónese la deuda que posea el Contribuyente SANTANA EDUARDO, titular de D.N.I. Nº 12.844.420, en concepto de la tasa de Derechos de Construcción, del Inmueble cuyos datos Catastrales son: Circunscripción V, Sección Q, Quinta 34, Parcela 4, de la localidad de Capilla del Señor.

Artículo 2°: La Condonación a que hace referencia en el Artículo 1º, en tramite por Expediente Administrativo Nº 4036-25.786/11, se efectúa por razones de salud, ya que le impiden generar ingresos para su familia.

Artículo 3°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.              

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 022/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Ratificase el Decreto Nº 080 de fecha 01 de Abril de 2011 del Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual se establece el día del Estudiante Exaltacrucense.

Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 023/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dónase a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires una Fracción de tierra que es parte de la parcela 2 designada catastralmente como: Circunscripción II, Sección M, Manzana 51d, cuyas medidas se ajustarán a la mensura definitiva del plano a confeccionarse a tal efecto de una superficie de  1.800 m2, adjuntándose croquis como anexo I.

Artículo 2º: La Fracción de tierra será destinada a la construcción del edificio escolare primario de la Escuela Nº 21 (a Crearse) en la Localidad de Los Cardales.

Artículo 3º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.           

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 024/11.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Ratificase el Decreto 293 del 30 de Diciembre de 2010 mediante el cual se procedió a la afectación de los fondos recibidos como A.T.P. por la suma de $ 400.000.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 025/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Subsecretaria de Niñez y Adolescencia dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, convenios para los Centros de día “La Cañada” y “Parada Robles” y otros proyectos que puedan surgir en el presente periodo.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 026/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir todos los convenios en el marco del Programa de Responsabilidad compartida ENVION y convalidase en todos sus términos los convenios suscriptos en el Marco del Programa de Responsabilidad Social Compartida ENVION.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil once.     

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 027/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modificase el Artículo 3º de la Ordenanza 12/93 el que quedara redactado de la siguiente manera:

Artículo 3º: Destínese un 20% del monto anual presupuestado para BECAS DE HONOR, considerando como tal aquellas destinadas a alumnos que se destaquen de entre sus pares por tener promedios de excelencia y mantenerlos en el correr de los años, en carreras terciarias y universitarias sin importar si tal universidades sean o no pri-vadas.
En el caso que no haya ningún alumno que cumpla con lo antes mencionado, este monto pasara a engrosar el monto de becas comunes.
Incorporar también a la lista de aspirantes a aquellos alumnos secundarios, cursantes del último año del ciclo, que se destaquen de sus compañeros ya sea por promedio, esfuerzo, etc.

Articulo 2º: Modificase el Artículo 4º de la Ordenanza 12/93 el que quedara redactado de la siguiente manera:

Artículo 4º: La adjudicación de las becas será otorgada por una comisión formada por un Concejal de cada Bloque con representación en el H.C.D. más un representante del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Articulo 3º: Modificase el Artículo 5º de la Ordenanza 12/93 el que quedara redactado de la siguiente manera:

Artículo 5º: Las funciones de la Comisión que hace mención el Artículo 4 de esta Ordenanza será analizar los pedidos de las becas ingresadas y su dictamen será inapelable. También serán los responsables de reglamentar todo aquello no previsto en la presente Ordenanza

Artículo 4º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 028/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza 31/2007 el cual quedará redactado de la siguiente manera: Articulo 1º: Concédase a la ASOCIACIÓN DE FOMENTO Bº PARQUE EL REMANSO, el uso de las Reservas Fiscales designadas catastralmente  como: Circunscripción IV, Sección V, Quinta 29, Parcela 1 y la correspondiente a la Quinta 19 ubicada en El Gato entre La Cortejada y La Zamba, donde actualmente funciona el Polideportivo e incorpórese a la mencionada reserva la superficie de la calle El Gato entre La Cortejada y La Condición, la cual quedará cerrada y afectada al uso de la citada institución, permitiendo así la ampliación del Polideportivo.

Artículo 2º:
Modifíquese el artículo 2º de la ordenanza 31/2007 el cual quedará redactado de la siguiente manera: Articulo 2º: La concesión de uso será por el término de 15 años a partir de la sanción de la presente Ordenanza, debiendo la beneficiaria mantener las fracciones en perfecto estado de conservación, sin obtener por estas prestaciones resarcimiento económico alguno por parte del municipio.

Artículo 3º: Modifíquese el artículo 3º de la ordenanza 31/2007 el cual quedará redactado de la siguiente manera: Articulo 3º: Las parcelas mencionadas en el Artículo 1º se destinarán exclusivamente a actividades recreativas, culturales y deportivas. Para el caso que no se cumplan los destinos mencionados en el presente Artículo, el permiso otorgado quedará sin efecto.

Artículo 4º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 029/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza 42/2009 el cual quedará redactado de la siguiente manera: Articulo 1º: Autorizase a la ASOCIACIÓN DE FOMENTO Bº PARQUE EL REMANSO, a construir en las parcelas fiscales otorgadas en comodato, conforme a lo establecido en la Ordenanza 31/2007. Exceptúese a la mencionada construcción de las limitaciones y retiros que exige el Código de Zonificación de nuestro distrito, para la zona residencial.

Artículo 2º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil once.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 030/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Autorizase el uso del espacio Público Municipal para la realización de un paseo de artesanos en la Plaza San Martín en la localidad de Capilla del Señor, para las fechas del 24 y 31 de julio de 2011 y en lo sucesivo para cuando la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz  lo requiera .

Articulo 2°: Podrán participar los Artesanos y Manualistas con domicilio en el Distrito de Exaltación de la Cruz, cumplimentando las Ordenanzas preexistentes 097/02, 002/03 y 089/09.

Articulo 3°: De forma

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil once.           

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 031/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Desaféctese parcialmente del uso público una superficie de 86 metros cuadrados en una franja de 2 metros de ancho por 43 metros de largo sobre la calle 20 de Junio de la localidad de Parada Robles, lindera a la parcela catastrada como Circunscripción IV, Sección G, Manzana F, Fracción I, lote 11, según Planos adjuntos.

Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a ceder en comodato durante un plazo de 20 años renovable, la superficie mencionada en al artículo 1º, a favor del  Club Social y Deportivo Robles para destinarla a complementar las medidas reglamentarias de la cancha de fútbol, conforme las exigencias de la Liga Zarateña del mencionado deporte, pudiendo la Institución emplazar un alambrado perimetral a esos fines.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo informará a este Honorable Concejo Deliberante el mantenimiento de las condiciones que ameritan la sanción de la presente ordenanza.

Artículo 4º: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil once.           

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 032/11.

 

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal el proyecto “Abue-las Relatoras por la memoria, la identidad y la Inclusión  Social” encuadrado en el Programa Nacional de  PAMI, desarrollado por el INSSJP en articulación   con SUTEBA y la Organización Abuelas de Plaza de  Mayo.

Artículo 2°: De forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil once.         

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el N° 033/11.

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