El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Dónase a favor de la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires una Fracción de tierra que es parte de la parcela 2 designada catastralmente como: Circunscripción II, Sección M, Manzana 51d, cuyas medidas se ajustarán a la mensura definitiva del plano a confeccionarse a tal efecto de una superficie de 1.800 m2, adjuntándose croquis como anexo I.
Artículo 2º: La Fracción de tierra será destinada a la construcción del edificio escolare primario de la Escuela Nº 21 (a Crearse) en la Localidad de Los Cardales.
Artículo 3º: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.
Adrián Daniel Sánchez
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Daniel Ruben Portillo
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