El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza 026/10, el cual quedará de la siguiente manera:
Artículo 1º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Cir-cunscripción IV, Sección H, Manzana 98, Parcela 5 y 6, Partida Inmobiliaria 15906 y 15907, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-24081/10, a nombre de Dario Carlos Hernando García y Basilia Evangelina Garay.
Artículo 2°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior.
Artículo 3°: Derógase la Ordenanza 017/07.
Artículo 4°: De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Mayo de dos mil once.
Adrián Daniel Sánchez
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Daniel Ruben Portillo
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