El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección M, Manzana 51c, Parcela 6b, según Plano características 31-41-87, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expte. 4036-22283/08.
Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él Artículo anterior, de acuerdo a lo establecido en art. 4º, inciso d) de la Ley 10.830.
Articulo 3° De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro día del mes de Noviembre de dos mil ocho.