Ordenanza Nº 009/87 – Geriatrico Expropiacion parcela para construccion

Ordenanza Nº 009/87 – Geriatrico Expropiacion parcela para construccion

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y sujeta a expropiación la parcela cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción I, Sección D, Quinta 4, lote 13, Ma-tricula Nº  , ubicada en la calle E. Urcelay entre C. Pellegrini y Alte. Irizar de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz.-
 
Artículo 2º:
la parcela mencionada en el Art. 1º tendrá como destino la ejecución del Pabellón Geriátrico, como servicio integrado al Hospital Municipal San José de Capilla del Señor.-
 
Artículo 3º:
Las medidas y dimensiones, asi como la ubicación relativa se indican en el Certificado de Amojonamiento que se adjunta a la presente como Anexo I, y de este surgirá el plano de mensura definitivo que ejecutará el D.E .-

Artículo 4º:
Los gastos que demande la presente expropiación serán imputados a la parti-da que deberá aprobar el Honorable Concejo Deliberante.-
 
Artículo 5º:
Dése expresa intervención a la Dirección de Geodesia y Departamentos co-rrespondientes y a la Dirección de Informática del Ministerio de Gobierno.-

Artículo 6º:
Comuníquese al D.E.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y siete.

Miguel Angel Jossef
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Oscar Alberto Ponti
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  009/87

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