Ordenanza Nº 043/09 – Creación Oficina Municipal de Información al Consumidor

Ordenanza Nº 043/09 – Creación Oficina Municipal de Información al Consumidor

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Crease en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal la OFICINA DE INFORMACIÓN A LOS CONSUMIDORES (O.M.I.C.), como estructura administrativa a los efectos de aplicar los procedimientos previstos por la Ley Provincial Nº 13133.

Articulo 2°: La O.M.I.C. tendrá como función:

A)  Prestar asesoramiento y evacuar consultas a consumido res y usuarios.
B)  Recibir denuncias de los consumidores y usuarios.
C) Fijar y celebrar conciliaciones entre el denunciante y la empresa denunciada.
D) Elevar las actuaciones al Organismo que el Departamento Ejecutivo Municipal designe a esos efectos.
E) Brindar información, orientación y educación al consumidor.
F) Fomentar y facilitar la creación y actuación de asociaciones locales de consumidores.
G) Efectuar controles sobre productos y servicios en la medida que sean compatibles con el régimen de competencia municipal.
H) Propiciar y aconsejar la creación de normas destinadas a la protección de los consumidores en el ámbito de competencia municipal teniendo en cuenta la problemática local o regional.

Articulo 3º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado a reglamentar el funcionamiento del O.M.I.C. y todo otro aspecto no previsto en la presente.

Articulo 4º: De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los tres días del mes de Agosto de dos mil nueve.

Registrada Bajo el N° 043/09.

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