El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Convalídase el convenio suscripto entre la MUNICIPA-LIDAD DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ y la PRO-VINCIA DE BUENOS AIRES, representada por el Señor Intendente Municipal Dr. HORACIO ALBERTO ERRAZU y el Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires DANIEL SCIOLI respectivamente, por medio del cual el municipio adhiere al Decreto Provincial 440/09 creador del “Fondo Solidario Provincial”, el que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Articulo 2° Adhiérase la Municipalidad de EXALTACIÓN DE LA CRUZ a la Ley 13.976, mediante el cual la Provincia de Buenos Aires adhiere al Decreto Nacional 206/09, Fondo Federal Solidario. Los fondos que se reciban serán destinados de acuerdo a las finalidades establecidas en el artículo 1º del Decreto Nacional Nº 206/09. el Departamento Ejecutivo dictará todas las medidas necesarias que permitan dar cumplimiento a lo allí dispuesto.
Articulo 3° Comuníquese al Departamento Ejecutivo y a la Subsecretaría de Política y Coordinación Económica de la Provincia de Buenos Aires, Regístrese, Publíquese y Archívese.
Articulo 4º De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Julio de dos mil nueve.