Ordenanza Nº 026/91 – Tasas Estableciendo Pago art. 25

Ordenanza Nº 026/91 – Tasas Estableciendo Pago art. 25

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Establécese que el pago de la tasa determinada en el artículo 25, inc. 6) y 12), de la Ordenanza Tarifaria vigente deberá realizarse por única vez, de acuerdo a los usuarios vigentes al 31 de Diciembre de cada año que fueran  incrementados con respecto al año anterior.
   
Artículo 2º:
En caso de corresponder, dicho pago se eféctivizara todos los 15 de Enero de cada año.

Artículo 3º:
El método establecido en esta Ordenanza deberá ser aplicado para el cobro de las deudas no prescriptas, en tramite judicial o extrajudicial.
 
Artículo 4º:
De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Noviembre de  mil novecientos noventa y uno.

Marciano Robles
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Juan Eduardo Lazzaro
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz

Registrada Bajo el Nº  026/91

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