Ordenanza Nº 040/10 – Donación de inmueble al Bº Independencia a Moyano y Melo

Ordenanza Nº 040/10 – Donación de inmueble al Bº Independencia a Moyano y Melo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dónase los Inmuebles ubicados en Bº Independencia de Parada Robles, a los siguientes beneficiarios:

Expte. 4036-24431/10 a nombre de Carlos Eduardo Moyano, L.E.: 5.591.551 Circ. IV, Sección F, Manzana 7, Parcela 1 y 12, Pda. Inmobiliaria 10045/10046.

¨ 24473/10 a nombre de Elena Blanca Melo, D.N.I.: 5.968.441 Circ. IV, Sección F, Manzana 31, Parcela 9 y 10, Pda. Inmobiliaria 10177/10178.

Articulo 2º:  En los términos del Artículo 4º inciso D de la Ley 10.830, declárese de Interés Social la escrituración de los inmuebles mencionados en el Art. 1º de la presente Ordenanza.

Artículo 3º:  Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de las Escrituras Traslativas de Dominio a favor de los beneficiarios que se refiere al Art. 1º, quedando el Departamento Ejecutivo autorizado para suscribir toda la documentación que fuera menester a esos casos.

Artículo 4º:
 De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Agosto de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 040/2010.

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