Ordenanza Nº 037/10 – Expropiación de inmuebles en Capilla del Señor Bº La Cremeria

Ordenanza Nº 037/10 – Expropiación de inmuebles en Capilla del Señor Bº La Cremeria

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárense de utilidad pública y sujeto a expropiación, los inmuebles ubicados en la Ciudad de Capilla del Señor, designados catastralmente como: Circunscrip-ción I, Sección B, Chacra 3, Manzana 3f, Parcelas 10, 12 y 13, Partidas Inmobiliarias 11157, 11159 y 11160, dominio inscripto en el folio Nº 190 de 1955, con una superficie de 300, 295,50 y 300 metros cuadrados, respectivamente, cuyo titularidad dominial se encuentra a nombre de JOSÉ María Rodolfo Calvo.
 
Articulo 2º:  La expropiación de los inmuebles mencionado en el Artículo precedente tendrá por objeto destinarlos a la construcción de viviendas de carácter social.

Artículo 3º:
 Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar todas las tramitaciones que resulten necesarias a los efectos de cumplimentar la presente Ordenanza.

Artículo 4º:  El gasto que demande dar cumplimiento a lo preceptuado por la presente Ordenanza, será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Artículo 5º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 037/2010.

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