Ordenanza Nº 034/10 – Donación de inmueble a los Bomberos Voluntarios de Los Cardales

Ordenanza Nº 034/10 – Donación de inmueble a los Bomberos Voluntarios de Los Cardales

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Dónase a favor de la ASOCIACIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LOS CARDALES PARTIDO DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, inscripta en con fecha 22 de marzo de 2010 en el Legajo Nº 170025, Matrícula Nº 35277, de la Dirección Provincial de personas Jurídicas, los inmuebles ubicados en esa ciudad, designados catastralmente como: Circ. II, Sección L, Manzana 172, Parcelas 17 y 16a, Pdas. Inmobiliarias 31033 y 31035, según plano característica 031-000007, con una superficie de 845,26 metros cuadrados, respectivamente, cuya titularidad dominial corresponde a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Articulo 2º: a los fines dispuestos por el Artículo anterior solicítese la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a implementar e impulsar todas las tramitaciones que resulten necesarias a los efectos de cumplimentar la presente Ordenanza.

Artículo 4º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.

Adrián Daniel Sánchez
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Daniel Ruben Portillo
Secretario
Honorable Concejo Deliberante
Exaltación de la Cruz
Registrada Bajo el N° 034/2010.

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