El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Por la Presente Ordenanza se crea el sistema denominado Espacio de Participación Ciudadana, mediante el cual todos los ciudadanos y/o sociedades intermedias del distrito que presenten un reclamo, una propuesta o una idea, deberán ser recibidos por la Comisión competente de este Honorable Concejo Deliberante, en caso de corresponder, a efectos de ser escuchados y considerados sus fundamentos y opiniones.
Articulo 2º: Las notas conteniendo reclamos, propuestas o ideas deberán ser presentadas ante la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante, conjuntamente con la identificación del presentante, y un resumen del tema a tratar.
Artículo 3º: El Espacio de Participación Ciudadana es un sistema abierto no vinculante que no incluye discursos o ponencias, solo respeto por la pluralidad y por la diversidad de opiniones y la búsqueda de mayor apertura e intercambio con la comunidad.
Artículo 4º: De las Sesiones que se realicen, las respectivas Comisiones decidirán si los temas tratados darán origen a un Proyecto de Ordenanza, de Declaración, una solicitud de Informes, o el Archivo de la presente.
Artículo 5º: Créase dentro del Espacio Participación Ciudadana, el taller de jóvenes ciudadanos, de los que podrán participar los menores de 14 a 17 años, como campo creativo abierto para escuchar innovaciones y necesidades que hagan a la discusión de temas de interés para la juventud.
Artículo 6º: El Honorable Concejo Deliberante reglamentará el funcionamiento de este sistema, a efectos de cumplir acabadamente con sus objetivos.
Artículo 7º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Julio de dos mil diez.
Adrián Daniel Sánchez
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Daniel Ruben Portillo
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