El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Incorpórase al dominio privado de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Chacra 8, Parcela 20, Pda. Inmobiliaria Nº 13012.
Articulo 2° Se procede a la inscripción del inmueble indicado en el Artículo 1º de la presente, en virtud del Artículo 4º de la Ley 9533.
Articulo 3° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
Articulo 4° De forma.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta y un días del mes de Mayo de dos mil Diez.
Adrián Daniel Sánchez
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Daniel Ruben Portillo
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