El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Rectifícase del Art. 1º de la Ordenanza registrada bajo el Nº 11/88, la designación catastral del lote de terreno donado a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, siendo la correcta: Circunscripción II – Sección F – Manzana 137 – Parcela 2, según plano característica 31-31-86, el mismo esta destinado a la construcción del Jardín de Infantes del Barrio Esperanza.-
Artículo 2º: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, al primer día del mes de Junio de mil novecientos noventa y dos.