Ordenanza Nº 030/92 – Utilidad Pública Declaración extension red de agua

Ordenanza Nº 030/92 – Utilidad Pública Declaración extension red de agua

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárese de utilidad pública, la obra de extensión de aguas corrientes, en el Barrio Alto Norte de la Localidad de Capilla del Señor, tramitada según Expte. Nº 4036- 1743/87 Alc. 1/91, dejando constancia que la misma se efectuará bajo los lineamientos de la Ordenanza Municipal Nº 023/92, cumplimentando los puntos b) y c) del Art. 3º y los puntos a), b), c) y f) del Art. 4º de la misma.
 
Artículo 2º: La obra será ejecutada de acuerdo al Art. 11º y a la sección 4 de la Ordenanza Municipal Nº 023/92, haciendo constar que el reintegro del costo total de la obra será a cargo de los beneficiarios y el prorrateo del mismo será de acuerdo al punto 2 del Art. Nº 37º de la mencionada Ordenanza.

Artículo 3º: Forma parte de la presente Ordenanza el Anexo 1, en el cual figura el prorrateo de los costos de la presente obra.

Artículo 4º: Establécese que la superficie máxima a computar a los efectos del prorrateo no será mayor a 3.000 m2.

Artículo 5º: Establécese la siguiente forma de pago en concepto de los trabajos necesarios a efectos de la ejecución de la obra:
Se efectuarán tres (3) pagos mensuales, iguales y consecutivos, pudiendo estos comenzar a efectuarse aún antes de haber finalizado los trabajos pertinentes o de brindar efectivamente el servicio mencionado en el Art. 1º de la presente.
Para aquellos casos en que el pago supere los $ 500, se podrá conceder cuatro (4) pagos mensuales, iguales y consecutivos.

Artículo 6º: Independientemente de las erogaciones mencionadas en el Art. Anterior el beneficiario deberá abonar la correspondiente conexión domiciliaria, según lo establece el Art. 43º de la Ordenanza Tarifaria vigente.

Artículo 7º: Cúmplase, regístrese y archívese.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinte días del mes de Julio de mil novecientos noventa y dos.

Registrada Bajo el Nº 30/92

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