El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Créase la Comisión de Salud Visual integrada por miembro de este Concejo, para efectuar la campaña profiláctica de Salud Visual del Partido de Exaltación de la Cruz.
Artículo 2º: Solicitar la colaboración del personal de la Comisión de Salud del Consejo Escolar para integrar la Comisión Mixta de Salud Visual encargada re realizar la Campaña de Salud Visual a realizarse entre los escolares del Partido de Exaltación de la Cruz.
Artículo 3º: Designar al Concejal Dr. Magín Diez en carácter de Asesor Técnico de ls Comisión mixta autorizando a efectuar la planificación de la campaña mencionada en el Art. 2º.
Artículo 4º: Dirigirse a las autoridades del Consejo Escolar local, enterándoles de lo dispuesto por esta Ordenanza e invitarles a prestar su valiosa colaboración, para la realización de la campaña.
Artículo 5º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, al primer día del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.