Ordenanza Nº 031/93 – Regularizacion de Deudas Estableciendo Regimen para Serv. Sanitarios y Seg. e Hig.

Ordenanza Nº 031/93 – Regularizacion de Deudas Estableciendo Regimen para Serv. Sanitarios y Seg. e Hig.

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Establécese un régimen de regularización de dudas para la Tasas por Servicios Sanitarios y Seguridad e Higiene.

Artículo 2º:  Quedan comprendidos en el presente régimen las cuotas vencidas hasta el 30/12/92.

Artículo 3º:  El cálculo de la deuda se efectuará de la siguiente forma: cuotas año 1992 y las que correspondieren del año 1993, valores originales más intereses al 31/10/93.
Cuotas años anteriores: 40% del valor original actualizado al 31/3/91, más intereses al 31/10/93.

Artículo 4º:  Los valores resultantes podrán ser abonados en 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Artículo 5º:  El presente régimen se activará mediante notificación domiciliaria, la cual será considerada como fehaciente por cualquier variante que se efectúe. La manera de notificación significará el acogimiento al régimen, por lo que se procederán a emitir los recibos de pago, con los importes y fechas de vencimiento.

Artículo 6º:  La falta de pago de dos cuotas consecutivas hará decaer los beneficios de la presente Ordenanza, y habilitará la instancia del cobro por vía judicial. Asimismo el Departamento Ejecutivo deberá proceder al corte del suministro en el caso de los Servicios Sanitarios. Para todas las demás instancias se deberán considerar lo establecido por las Ordenanzas respectivas.

Artículo 7º:  Los casos excepcionales, que contengan la debida fundamentación, serán resueltos por el Departamento Ejecutivo y comunicados al Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 8º:  Autorizase al D.E. a reglamentar todos aquellos aspectos no previstos en la presente.

Artículo 9º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, al primer día del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.

Registrada Bajo el Nº 31/93

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