El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizase al D.E. a la enajenación y/o venta de los inmuebles denominados catastralmente que a continuación se detallan:
a) Expte. Nº 4036-3688/86 iniciado por Francisco García Circ. I, Sec. D, Qta. 5, y Parc. I.
Artículo 2º: El D.E. podrá convenir el pago en cuotas.
Artículo 3º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y tres.