El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Ratificase y/o designase con nombres a las calles de la Planta Urbana de Los Cardales. Forma parte de la presente como Anexo Nº 1.
Artículo 2º: Ratificase y/o modificase las alturas domiciliarias, tomando como ejes directores en el Sector Noroeste, la Av. San Martín y Moreno – Rivadavia; en el Sector Suroeste, la Av. Belgrano y Urquiza – Colon y en el Sector Noroeste; Ruta Provincial Nº 6 y Gral. Rodríguez. Forma parte de la presente como anexo Nº 1.
Artículo 3º: Derogase y/o dejase sin efecto toda otra disposición vigente que se oponga a la presente.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y tres.