El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Realícese las gestiones necesarias ante quien corresponda, para que la propiedad ubicada en la calle Mitre y Rivadavia de la localidad de Capilla del Señor, propiedad del Banco Avellaneda pase a manos de este Municipio, para la realización de una Escuela.
Artículo 2º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Junio de mil novecientos noventa y tres.